Cita Célebre

"El estudio no se mide por el número de páginas leídas en una noche, ni por la cantidad de libros leídos en un semestre. Estudiar no es un acto de consumir ideas, sino de crearlas y recrearlas"

Paulo Freire

martes, 17 de noviembre de 2009

¿ Existe una jornada escolar común en toda Europa???

CUADRO EXTRAIDO DE :
http://www.stemstes.org/jornada2.html#4

Como muestra el cuadro, no existe una jornada escolar, school day o journée scolaire común en toda europa.
Algunas se asemejan como en Hungría o Polonia, no obstante otras se diferencian mucho como los Paises Bajos y Suecia, en cuanto a horas anuales.
También se puede apreciar que solo en cuatro países Alemania, Grecia, Dinamarca e Italia, la distribución de las horas transcurren debido a la jornada continua ( Por ejemplo: de 9.00 a 16.00h).
En mi opinión los datos recogidos anteriormente pueden variar bastante dependiendo del país, provincia, ciudad o municipio en el que se encuentre el centro escolar.

En resumen, los datos recogidos anteriormente recogidos nos muestran que en España la jornada escolar esta partida en una especie de dos turnos. Los padres, el APA y otras organizaciones luchan por que exista una jornada continua, que según ellos es mucho mas fructífera para el niñ@.
En la actualidad, por ejemplo deacuerdo con el Orden 1247/2005 de 28 de febrero de la Consejería de Educación ,de la Comunidad Autónoma de Madrid, por la que se regula la jornada escolar en los centros docentes de Educación Infantil y Primaria con carácter general, el horario lectivo en las etapas de Educación Infantil y Primaria se organizará de la siguiente manera:
a) La duración del mismo será de, al menos, veinticinco horas semanales,
repartidas diariamente en sesiones de mañana y tarde, incorporando, en
cualquier caso, dos horas y media de recreo distribuidas proporcionalmente
a lo largo de la semana.
b) Las clases se desarrollarán de lunes a viernes, ambos inclusive.
c) El intervalo entre las sesiones de mañana y tarde será, con carácter general,
de dos horas. En su caso, dicho intervalo podrá ser modificado tras solicitud
motivada del Consejo Escolar del Centro y previa autorización expresa de la
Dirección de Área Territorial correspondiente.
d) La sesión de tarde no podrá tener una duración inferior a una hora y media